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Bases del FITAG 2025

PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

1. El XXV Festival Internacional de Teatro Amateur de Girona (FITAG) se celebrará del 26 al 31 de agosto de 2025.

2. Los grupos que estén interesados en participar deberán rellenar el formulario de inscripción que se encuentra en la web https://fitag.cat. Para cualquier problema con el envío, pueden contactar con fitag@fitag.cat.

3. El plazo de presentación de propuestas finaliza el 30 de marzo de 2025 y es improrrogable.

4. Las obras presentadas deberán tener una duración de entre 45 y 90 minutos, aunque si la propuesta es de buena calidad y se adapta a las características del festival, el FITAG también la valorará. Todos los enlaces introducidos en el formulario deberán ser accesibles para el jurado del festival.

5. A partir del 30 de abril de 2025, la comisión organizadora del festival dará a conocer a los grupos que hayan sido seleccionados, mediante un correo electrónico a la dirección electrónica que los participantes hayan hecho constar en el formulario de inscripción presentado.

6. Al tratarse de un festival internacional, deberá tenerse en cuenta que el público puede pertenecer a culturas diferentes y hablar lenguas diversas. Por eso, se valorarán aquellas obras que, por sus características dramatúrgicas, puedan ser comprendidas por el público al margen de la lengua de interpretación. Las propuestas pueden ser de cualquier disciplina vinculada al teatro, así como de teatro-danza o de teatro gestual.

7. Las compañías deberán presentar un documento con las necesidades técnicas del espectáculo propuesto.
8. En el formulario de inscripción deberá constar el texto de la obra que se presenta y los autores o autoras del texto, a efectos de protección de los derechos de autor y de adaptación del texto a los sistemas de sobretitulación o a otros medios inclusivos accesibles para personas con ceguera o sordera que se utilicen durante el festival.

9. El formulario de inscripción deberá acompañarse de fotografías promocionales de la compañía en buena resolución (mínimo 1.920 × 1.080), un vídeo donde se pueda ver claramente la obra que se presenta y un vídeo promocional que represente la obra o la compañía, de duración inferior a 2 minutos.

SELECCIÓN DE PROPUESTAS

10. Se seleccionarán, con particular interés en esta edición, espectáculos de formatos especiales para ser representados en espacios no convencionales de la ciudad de Girona.

11. La comisión artística del FITAG seleccionará las propuestas presentadas con el fin de conseguir el mejor nivel posible en el campo del teatro no profesional. Se seleccionarán un máximo de 20 grupos entre todas las solicitudes recibidas.

12. Las compañías se comprometen a representar el mismo espectáculo que hayan presentado, tanto en número de actores como en escenografía.

13. Las compañías deberán estar dispuestas a participar en todas aquellas actividades de difusión que la organización considere necesarias.

14. El Festival Internacional de Teatro Amateur de Girona es un ámbito de intercambio de ideas y reflexiones, de conocimiento de otras realidades teatrales. Por tanto, se pedirá a los grupos que participen en la vida de la ciudad y en las actividades paralelas que se lleven a cabo fuera de los escenarios. FITAG no es un festival competitivo, sino de convivencia.

15. Las compañías seleccionadas podrán recibir la visita de uno o varios miembros de la comisión artística del FITAG para comprobar la calidad de la obra presentada.

16. La participación en el Festival Internacional de Teatro Amateur de Girona implica la aceptación de estas bases.

RETRIBUCIÓN

17. Los gastos de manutención y alojamiento de los integrantes del grupo corren a cargo de la organización hasta un máximo de 9 personas. La organización ofrecerá alojamiento a las compañías con sede social o lugar de ensayo a más de 60 kilómetros de Girona. El FITAG se reserva el derecho a ampliar el número de componentes del grupo con estancia subvencionada según la naturaleza de la obra que se represente. Cualquier cambio deberá negociarse previamente.

18. Cada grupo recibirá en concepto de cachet un total de 350,00 euros (IVA no incluido) por función en la programación oficial. Este importe se hará efectivo una vez terminada la representación. Si la representación ha sido elegida para participar en el proyecto FITAG Municipios, el grupo recibirá el caché de 350,00 euros (IVA no incluido) por cada representación fuera de Girona durante los días del festival. Para recibir el caché mencionado, la formación tendrá que emitir una factura o hacerlo a través de un tercero que esté asociado.

19. Los grupos de las comarcas de Girona que hayan sido seleccionados para la programación oficial del FITAG 2025 y que tengan funciones subvencionadas por la Campaña de teatro amateur de la Diputació de Girona podrán decidir si quieren que la función del FITAG 2025 se pague a través de la campaña o si deciden aceptar la ayuda de 350 euros del festival. No podrán ser beneficiarios de ambos pagos al mismo tiempo.

20. Los gastos de viaje y traslados de escenografía hasta el aeropuerto o la estación de trenes de Girona corren a cargo de la compañía.

COMUNICACIÓN DE LA ACTIVIDAD

21. El FITAG hará difusión del festival por sus propios medios de comunicación.

22. La compañía deberá hacerse cargo de su propia campaña de difusión poniendo los máximos esfuerzos para difundir el espectáculo en toda su área de influencia.

Las partes deberán coordinarse en la presentación de las campañas, para que ambas formen parte de un mismo plan de marketing, y deberán utilizar el material promocional elaborado por la Diputació de Girona.

RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

23. Cualquier circunstancia que pueda surgir y no esté prevista en estas bases será tratada en primera instancia por la comisión organizadora y resuelta por el responsable del servicio de la Casa de Cultura de la Diputació de Girona como responsable del contrato para resolver las incidencias.

PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE IMAGEN

24. La compañía seleccionada autoriza a la Diputació de Girona a hacer uso de las producciones audiovisuales relacionadas con el FITAG de acuerdo con las siguientes condiciones:

24.1) Derechos de propiedad intelectual
La compañía seleccionada deberá ceder en exclusiva a la Diputació de Girona los derechos de explotación de los audiovisuales relacionados con el FITAG. Los derechos cedidos son de reproducción, distribución, comunicación pública (incluida la puesta a disposición por medio de la red Internet) y transformación, en los términos previstos en los artículos 18 a 21 del vigente texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril). Esta cesión se realizará sin limitación territorial y hasta que pase a dominio público.

No obstante, la Diputació puede autorizar la utilización de estas producciones audiovisuales en la compañía seleccionada para los usos y finalidades que ésta le manifieste. En todo caso, queda expresamente reservada a la Diputació de Girona la entrega del audiovisual a los medios de comunicación.

24.2) Derechos de imagen
En la captación audiovisual de imágenes producidas, la compañía seleccionada deberá garantizar el respeto al derecho a la propia imagen, reconocido por el ordenamiento legal, de las personas que sean reconocibles. En los casos excepcionales en los que sea necesario obtener el consentimiento de la persona afectada o de su representante legal para la captación, reproducción o publicación del audiovisual, la compañía seleccionada deberá obtener dicho consentimiento.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

25. El tratamiento de los datos personales de las compañías seleccionadas se rige por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo referente al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos), y por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD). La compañía seleccionada queda obligada al cumplimiento de la citada normativa y de las normas que la desarrollan. Esta obligación tiene el carácter de obligación esencial, de acuerdo con la letra f del apartado 1 del artículo 211 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Los datos personales que se obtengan de las compañías seleccionadas serán tratados por la Diputació de Girona como responsable del tratamiento, en el sentido del artículo 4.7 del Reglamento General de Protección de Datos. La finalidad del tratamiento será gestionar el procedimiento de contratación. Los datos de personas de contacto de las compañías seleccionadas se tratarán con la misma finalidad, para el seguimiento del contrato y las actuaciones que se deriven de él. La legitimación del tratamiento se fundamentará en el cumplimiento de las relaciones precontractuales y contractuales. Se publicarán datos de las compañías seleccionadas de acuerdo con la normativa de transparencia y contratos del sector público. Para el ejercicio de los derechos reconocidos en el Reglamento General de Protección de Datos (acceso a los datos, rectificación, supresión, portabilidad, limitación u oposición al tratamiento), los licitadores podrán dirigirse en cualquier momento a la Diputació de Girona.

Organitza

Coordina

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